La Doctrina Cooperativa enfatiza unas ideas básicas, presentes en la práctica cooperativa: Igualdad, Justicia, Ayuda Mutua, Esfuerzo Propio, Emancipación Económica y Social. Estas ideas se manifiestan de diversas maneras dependiendo de las condiciones económicas, políticas y culturales de cooperativas en cada lugar del mundo. Además, forman parte de la “cultura cooperativa” ciertas Normas Éticas Básicas como la Honestidad, Responsabilidad Social, Pluralismo, Democracia y Constructividad.
Estas caracterizan las relaciones entre los socios/as, así como la relación de la cooperativa con su matrícula de socios/as, otras cooperativas y la comunidad. Las cooperativas deben visualizarse a sí mismas como organizaciones basadas en las siguientes características, las cuales están orientadas hacia la acción y forman la esencia del Modelo Cooperativo:
1. La actividad económica dirigida a satisfacer las necesidades del ser humano
La orientación de la acción de cooperativas hacia la satisfacción de necesidades de la gente común, las mayorías, trabajadores/as, agricultores/as, consumidores/as, productores/as, pescadores/as etc.
El énfasis en la satisfacción de necesidades es lo que brinda significado real al modelo cooperativo. Esto incluye la responsabilidad para el manejo eficiente de los escasos recursos humanos, económicos y ambientales, dado el hecho de que la acción cooperativa se fundamenta en el ahorro de las clases pobres. En su perspectiva global, este valor implica, además, que la orientación de las cooperativas se dirige al mejoramiento de las condiciones de vida de la población mundial que se encuentra en situación de relativa pobreza.
2. La Democracia Participativa
Se destaca el rol de las cooperativas para contribuir a las relaciones democráticas entre las personas, sirviendo como “escuela de democracia” y como “instrumento de democracia económica”. Se debe prestar atención a las nuevas formas de organización, la participación de la mujer, los jóvenes y los empleados de las cooperativas.
3. La Responsabilidad Social y Ética
El sentido de responsabilidad social siempre ha estado presente en las normas internas de las cooperativas y en su relación con la sociedad en la que se desenvuelven. Por ejemplo: grupos de personas establecen una cooperativa para asumir responsabilidad en cuanto a sus propias condiciones de vida y las de su comunidad.
4. El Desarrollo de los Recursos Humanos
La meta de consolidar el respeto a la dignidad del ser humano y proveerle una voz, tanto individual como colectivamente, para impactar el mejoramiento de las comunidades, implica, además, que el modelo cooperativo tiene su fundamento en el trabajo del ser humano y no es su explotación por el capital.
5. La colaboración entre cooperativas a nivel regional, nacional e internacional
Las cooperativas tienen entre sí el enorme reto de demostrar que constituyen una alternativa real, de carácter mundial, y basada en el ser humano, frente a las corrientes neoliberalizantes que pretenden dirigir la economía del mundo. Este valor constituye la herramienta vital para asegurar la constante expansión y penetración del modelo cooperativo a nivel internacional.
Principios del Cooperativismo
Los principios cooperativos son normas o guías mediante las cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores.
• Primer Principio: Adhesión abierta y voluntaria
Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser socio/a, sin discriminación social, política, religiosa, racial o de sexo.
• Segundo Principio: Control Democrático por parte de los Socios/as
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios/as, los cuales participan activamente en la definición de sus políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres seleccionados para representar y administrar las cooperativas son responsables ante los socios/as. En las cooperativas de primer grado, los socios/as tienen iguales derecho de voto (un socio/un voto), y las cooperativas de otros grados se organizan también mediante procedimientos democráticos.
• Tercer Principio: Participación Economía de los Socios/as
Los socios/as contribuyen equitativamente al capital de sus cooperativas y administran dicho capital en forma democrática. Por lo menos una parte de dicho capital es propiedad común de la cooperativa. Normalmente los socios/as reciben una retribución limitada, si es que la hay, sobre el capital aportado. Los socios/as asignan los excelentes para todos o alguno de los siguientes fines: el beneficio de los socios/as en proporción a sus operaciones con la cooperativa; el apoyo de otras actividades aprobadas por los socios/as, y el desarrollo de su cooperativa, mediante la posible creación de reservas, las cuales podrían ser, en todo o en parte, indivisibles.
• Cuarto Principio: Autonomía e Independencia
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus socios/as. Si entran en acuerdos con otras organizaciones, incluidos los gobiernos, o si obtienen capital de fuentes externas, lo hacen en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan la autonomía de la cooperativa.
• Quinto Principio: Educación, Capacitación e Información
Las cooperativas brindan educación y capacitación a sus socios/as, a sus dirigentes electos, sus gerentes y empleados/as para que pueden contribuir eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Informan al público en general, especialmente a los jóvenes, a los líderes de la comunidad y los medios de opinión, en torno a la naturaleza y los beneficios del cooperativismo.
• Sexto Principio: Cooperación entre Cooperativas
Las cooperativas sirven a sus socios/as en forma más eficaz y fortalecen el movimiento cooperativo al trabajar de forma integrada mediante estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
• Séptimo Principio: Responsabilidad Social
Las cooperativas trabajan para lograr el desarrollo sostenible de sus comunidades mediante políticas aprobadas por sus socios/as.